La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, encargada de supervisar que la operación de los sectores asegurador y afianzador se apegue al marco normativo, preservando la solvencia y estabilidad financiera de las instituciones de Seguros y Fianzas, para garantizar los intereses del público usuario, así como promover el sano desarrollo de estos sectores con el propósito de extender la cobertura de sus servicios a la mayor parte posible de la población.
En
términos generales la CNSF se ocupa de las siguientes funciones:
1. - Autoriza la
operación de las Instituciones o Sociedades Mutualista.
2. - Supervisa la
solvencia de las instituciones de seguros y fianzas.
3. - Autoriza a los intermediarios de seguro directo y
reaseguro.
4. - Apoya al desarrollo de los sectores asegurador y afianzador a nivel nacional.
Instituciones
de fianzas
De
acuerdo con el artículo 1 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas
menciona que es de interés publico y tiene por objeto regular la organización y
funcionamiento de las instituciones de fianzas; las actividades y operaciones
que las mismas podrán realizar; así como las de los agentes de fianzas y demás
personas relacionadas con la actividad afianzadora, en protección de los
intereses del público usuario de los servicios correspondientes.
Art.
15 Las instituciones de fianzas deberán ser constituidas como sociedades
anónimas de capital fijo o variable con arreglo a lo que dispone la Ley General
de Sociedades Mercantiles.
Las
acciones representativas del capital social de las instituciones de fianzas
serán de libre suscripción. Además, los gobiernos extranjeros no podrán participar,
directa o indirectamente, en el capital de las instituciones de fianzas.
Fuente:
Ley Federal de Instituciones de Fianzas (10/01/2014) Art. 1, Art. 15 DOF.
Diario Oficial de la Federación
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